El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha convocado, por tercer año consecutivo, las ayudas económicas para víctimas de violencia de género, que se conceden en el marco del convenio que el Consistorio tiene firmado con la Comunidad de Madrid, que prevé actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Podrán solicitar las subvenciones las mujeres que acrediten su condición de víctima, así como los ascendientes o descendientes que vivan y dependan económicamente de ellas. En este supuesto tendrán que presentar certificado de dependencia. La separación transitoria por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares no rompe el requisito de la convivencia entre la víctima y las personas dependientes.
Los requisitos para acceder a las ayudas son:
Se consideran gastos subvencionables los de desplazamiento para el acceso a los servicios de la red de recursos especializados de la Comunidad de Madrid, para acudir a recursos de inserción sociolaboral o para trámites o citas judiciales; gastos extraordinarios de atención especializada vinculados a la situación de maltrato; gastos derivados de situaciones urgentes con riesgo sobrevenido (por ejemplo, gastos puntuales de alojamiento); gastos para cubrir necesidades básicas derivadas de la situación de violencia que padece la solicitante.
Además, se ofrece una línea de ayudas complementarias para favorecer la autonomía personal de las solicitantes, cubrir gastos de salud y diferentes contingencias, o para cubrir gastos por fallecimiento o sepelio a causa de la violencia de género.
La cuantía a percibir en cada convocatoria de ayudas se determinará en función de los requisitos que se cumplan y no podrá exceder los 1500 euros.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 29 de septiembre y estas se tramitarán y resolverán por orden de presentación, hasta agotar el crédito disponible. La solicitud se hará a través de la Sede Electrónica, presencialmente en el Registro del Ayuntamiento de Boadilla o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Toda la información sobre requisitos y documentación a presentar se encuentra disponible en este enlace.