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El Ayuntamiento informa sobre los derechos que asisten a los consumidores ante el temporal “Filomena"

Ene. 15, 2021

15-ener-21.- Con el fin de atender las reclamaciones de los ciudadanos ante las incidencias producidas por el temporal “Filomena”, la Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (OMIC) está dando difusión a los derechos que asisten a los consumidores y a las pautas que deben seguir para gestionar su tramitación.

 

Las reclamaciones podrán tramitarse a través del Ayuntamiento, aportando un relato de los hechos y la documentación que se crea conveniente (presupuesto, factura, pagos, escritos o e-mails a la empresa, etc.). Deberán ser  presentada tanto de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento (C/ Juan Carlos I, 42), pidiendo cita previa a través de la página web del Ayuntamiento de Boadilla del Monte en el siguiente enlace; o por Sede Electrónica en el mismo sitio web, si se tiene firma electrónica o certificado digital.

Más información en los teléfonos 91 128 35 10 y  91  634 93 00 Ext. 2208 o 2209, por mail en omic@aytoboadilla.com y de forma presencial en el Centro de Formación, en la C/Victoria Eugenia de Battenberg, 10, 2ªplanta.

Respecto a las cancelaciones de medios de transporte, eventos y comercio electrónico las recomendaciones facilitadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo son las siguientes:

1.  Cancelación de viajes en transporte aéreo

Los pasajeros aéreos que se hayan visto afectados por las cancelaciones de vuelos por las compañías aéreas como consecuencia del temporal “Filomena” tienen derecho a información, asistencia y reembolso o transporte alternativo, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 261/2004:

Información: entrega por parte de la compañía aérea de un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.

Asistencia: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, una o más noches de alojamiento, así como el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

Reembolso o transporte alternativo hasta el destino final, donde la compañía debe ofrecer tres alternativas.

Respecto del derecho de reembolso, en aquellas circunstancias en que el transportista cancela el viaje, el ofrecimiento de un bono sustitutivo del importe no podrá afectar al derecho del viajero a optar por el reembolso, si así lo prefiere. Puede consultarse más información al respecto en la página web de la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) en el siguiente enlace

 

2. Cancelación de viajes en medios de transporte distintos al avión

En relación con los viajes por vía ferroviaria con la compañía Renfe, se recomienda consultar las medidas concretas sobre cambios y anulaciones de billetes sin coste para los viajeros habilitadas de urgencia por la compañía y publicitadas en su página web.

 Cuando el trayecto fuese a realizarse en autobús o autocar y sea el transportista quien cancele el viaje, éste deberá permitir al  viajero escoger entre una alternativa de viaje o el reembolso del importe abonado, que deberá efectuarse en un plazo de 14 días.

En cuanto a  los viajes por mar u otras vías navegables que puedan cancelarse por las propias compañías o como resultado de las medidas decretadas por las autoridades portuarias, la naviera que hubiera cancelado el viaje deberá ofrecer al viajero a escoger entre una alternativa de viaje o el reembolso del importe abonado, que deberá efectuarse en un plazo de 7 días.

En cualquier caso, en los supuestos anteriores, cuando el transportista no haya cancelado el trayecto, pero el viajero no pueda realizar el mismo debido al temporal, se deberán comprobar si en los términos y condiciones del contrato de transporte, por razones de emergencia climática, existe la posibilidad de cancelación del viaje o si el transportista ofrece la alternativa de aplazar o cancelar el viaje.

 

3. Cancelación de eventos

Si debido al temporal “Filomena” se cancelasen actividades o cualquier evento, la suspensión del evento dará derecho al reembolso de la totalidad de los pagos que se hubieran realizado, con independencia de derechos adicionales que pudiesen derivarse del contrato.

La solicitud de devolución de los importes abonados se realizará al proveedor de servicios a través del que se realizó la compra.

Asimismo, y en el supuesto de que el evento no sea cancelado pero el usuario no pueda acceder a él por el temporal, se recomienda comprobar los términos y condiciones del contrato para verificar si estas circunstancias de cancelación están previstas y los potenciales derechos adicionales que pudiesen aparejarse a dichas cancelaciones.

 

4. Comercio electrónico

En el supuesto de que una persona hubiese suscrito un contrato de adquisición de bienes por vía electrónica, el comerciante debe entregar los bienes sin demora indebida y en un plazo máximo de 30 días, a partir de la celebración del contrato, salvo que se hubiesen acordado otros plazos de entrega.

En caso de que no se cumpla dicho plazo de entrega con motivo del temporal, la persona consumidora podrá conceder un plazo adicional al comerciante para la entrega de los bienes. En el supuesto de que los bienes tampoco sean entregados en dicho plazo adicional (independientemente de la causa), tendrá derecho a desistir del contrato.

Cuando se haya resuelto el contrato conforme a los párrafos anteriores, el comerciante deberá reembolsar todas las cantidades abonadas sin ninguna demora indebida.

 

 

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