Los tributos pueden gestionarse de tres formas: por padrón (recibos), mediante liquidación o por autoliquidación.
Según la forma de gestión, varía tanto el modo de notificarse la deuda, el plazo para su pago en voluntaria, como el régimen de recursos.
Los tributos gestionados por padrón son objeto de notificación colectiva y edictal sin que requiera notificación individual. Este sistema se utiliza para los tributos que se devenguen de forma periódica.
Aun no siendo obligatorio, para facilitar el pago, el Ayuntamiento envía el recibo por correo ordinario al inicio del periodo voluntario, salvo en sistema especial de pago del IBI, Plan 6.
El Ayuntamiento envía información a través de correo electrónico, tanto al inicio como finalización de cada uno de los periodos de cobro. Para adherirse a este SERVICIO DE ALERTAS INFORMATIVAS, puede completar el formulario de alta de datos electrónicos que encontrará en el siguiente enlace: FORMULARIO HA 19
Los plazos de pago voluntario se fijan en el calendario fiscal, que se aprueba por Resolución Tercera Teniente de Alcalde, Delegada de Presidencia, Relaciones Institucionales, Economía, Hacienda, Patrimonio y Comunicación y se publica en el BOCM. Los principales efectos de la publicación de la resolución aludida son:
CALENDARIO FISCAL DE BOADILLA DEL MONTE
El tributo se notifica de forma personal en los supuestos siguientes:
Si no resulta posible la notificación personal en su domicilio fiscal, ésta se realizará mediante comparecencia, previa citación en el Tablón electrónico único (TEU) del BOE.
Como novedad, desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015, las personas jurídicas recibirán las notificaciones administrativas del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, a través de su DEH a la que podrán acceder a través de http://notificaciones.060.es
Las personas físicas, podrán optar por continuar recibiendo las notificaciones a través de correo postal como hasta la fecha, o bien utilizar el sistema de notificación electrónica de aquellos procedimientos a los que se adhiera.
Cuando el Ayuntamiento de Boadilla del Monte respecto de los procedimientos que usted haya solicitado le envíe una notificación electrónica, recibirá un aviso en su correo electrónico, pudiendo acceder a su contenido previa autentificación, para visualizar su contenido.
El plazo para el pago dependerá de la fecha de recepción de la notificación, con el siguiente detalle:
En este sistema de gestión, el obligado presenta la declaración del hecho imponible y cuantifica la deuda a pagar, utilizando el modelo normalizado o siendo asistido por el departamento de Gestión Tributaria.
Se gestionan mediante autoliquidación o declaración-liquidación los siguientes tributos: IIVTNU, ICIO, Alta IVTM y Tasas Urbanísticas.
En las autoliquidaciones el plazo de declaración y pago varía según el tributo en que se trate. Si el último día del plazo voluntario de pago es inhábil (se incluyen sábados a estos efectos como inhábiles) se prolongará dicho plazo hasta el inmediato hábil siguiente.