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EMSV (Empresa Municipal del Suelo y Vivienda)

Portal de la Empresa Municipal del Suelo y Vivienda de Boadilla del Monte

 

OBJETO SOCIAL EMSV BOADILLA DEL MONTE 

El Objeto Social de esta mercantil es el de la promoción de los terrenos del Patrimonio Municipal del Suelo, de conformidad con las previsiones de sus planteamiento urbanístico, para la construcción de viviendas de protección pública u otros usos de interés social, construcción o rehabilitación de cualquier edificación o equipamiento, así como la gestión, administración y conservación de los mismos.
En concreto y para la realización de su objeto social la Empresa Municipal del Suelo y Vivienda de Boadilla del Monte, podrá: 
 
Primero.- Adquirir, transmitir, constituir, modificar y extinguir toda clase de derechos sobre bienes muebles e inmuebles que autorice el derecho común. 
 
Segundo.- Gestionar, administrar y conservar todos aquellos bienes afectos a la actividad de la Sociedad y compatibles con su objeto social. 
 
Tercero.- Realizar todo tipo de convenios con otros Entes públicos o con los particulares que puedan coadyuvar, por razón de su competencia, al mejor éxito de la gestión. 
 
Cuarto.- Realizar la gestión, mantenimiento y conservación de la obras y servicios implantados hasta que sean formalmente asumidos por la Corporación y/u Organismo competente. 
 
Quinto.- Gestionar y explotar las obras y servicios resultantes de la urbanización que le sean encomendados por el Ayuntamiento, conforme a las normas aplicables en cada caso.
  
Sexto.- Promover y participar en Consorcios, Juntas de Compensación, Entidades de Conservación, Asociaciones de Propietarios, Sociedades Mixtas de gestión urbanística y en cuantas entidades de gestión o colaboración relacionadas con su objeto social puedan constituirse al amparo de la legislación del suelo y mercantil. 
 
Séptimo.- Redactar estudios urbanísticos, estudios de detalle, proyectos de urbanización y demás instrumentos de gestión urbanística, disponiendo de la competencia e iniciativa suficientes para proponer su tramitación y aprobación en aquellos sectores, polígonos o unidades de actuación y terrenos cuya gestión urbanística se le encomiende por cualquiera de los sistemas que la legislación autoriza.
 
Octavo.- Contratar y realizar todo tipo de estudios, proyectos, informes y cuantos trabajos y servicios considere oportunos, relativos a su objeto social. 
 
Noveno.- Desarrollar la actividad urbanizadora que puede alcanzar tanto a la promoción de suelo y renovación o remodelación urbana como a la realización de obras de infraestructura y dotación de servicios para la ejecución de los planes de ordenación. Llevar, asimismo, a cabo aquellas actuaciones de rehabilitaciones de conjuntos y edificios de carácter histórico-cultural que le sean encomendadas.
  
Décimo.- Contratar la ejecución de obras de urbanización, edificación e instalaciones.
 
Undécimo.- Promover la construcción de viviendas y edificios en general en terrenos de propiedad municipal. Administrar, conservar, mejorar e inspeccionar, con separación de su régimen financiero respecto de la Administración general del Municipio, las viviendas, fincas, conjuntos urbanísticos o terrenos adquiridos por su cuenta o que le sean transferidos por el Estado, Comunidad Autónoma o por el propio Municipio o cualquier otra persona física o jurídica. 
 
Decimosegundo.- La gestión y administración de terrenos del Patrimonio Municipal que se le encomienden a fin de conseguir su viabilidad económica y social.
 
Decimotercero.- Gestionar ante los organismos públicos competentes y las entidades privadas correspondientes las autorizaciones e inversiones necesarias para la más adecuada dotación de los servicios que se estimen precisos.
 
 
La Ley de Haciendas Locales, prevé que las Entidades locales elaboren anualmente un Presupuesto General en el que se integrarán, además del Presupuesto de la propia entidad, los estados de previsión de gastos e ingresos de las Sociedades Mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la Entidad local y a la que se unirán como anexos los Programas anuales de actuación, inversiones y financiación de las Sociedades Mercantiles de cuyo capital sea titular único. 
 
 
 En el programa de actuación para el año 2014/2015 se contemplan, entre otras actuaciones:
 
 
- La ampliación y adaptación de edificios, en el casco de Boadilla del Monte en la calle Enrique Calabria, 8 y otros edificios de titularidad municipal con el objetivo de rehabilitación de edificios del patrimonio municipal, así como su enajenación, con algún tipo de protección para garantizar el acceso a la vivienda en el municipio a mayores edad o emancipados, residentes en Boadilla del Monte.
 
- La promoción de viviendas, plazas y garajes de nueva construcción en los sectores en el Sector Sur-11 “Valenoso”
 
- La gestión de arrendamientos de viviendas y locales de inmuebles de titularidad de la EMSV en las calles Jacinto Benavente, 1, Francisco Alonso, 1 y Paseo de Saint Cloud, 1.
 
- Arrendamiento de locales comerciales en la Isabel de Farnesio y Avenida Siglo XXI con fines de interés social u otros usos, así como las obras por adecuación de las instalaciones en la Biblioteca Municipal en Isabel de Farnesio.
 
- El servicio de aparcamiento de abonados y rotación en el parking de la plaza de la Concordia, y estacionamiento limitado en la zona azul en el casco urbano y Sector B, se gestiona de forma directa por la EMSV por encargo de actuación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
 
- Se realiza como gestión directa, por encomienda del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, el servicio público captación y distribución de agua en la Urbanización de Olivar de Mirabal.
 
 
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Última actualización: 24/04/2024

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